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Licencia de sepultura, la cual llega directamente con el difunto al cementerio y será el enterrador el que la remita al Ayuntamiento para su unión al expediente
Certificado de refrigeración ó Acta de conservación transitoria (si exceden las 48 h)
Justificante pago tasa (cesión e inhumación)
Si procede de distinta Comunidad Autónoma y no es provincia limítrofe: Autorización de traslado