LICENCIA PARA LA TENENCIA DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS:
1-Requisitos
a)Ser mayor de edad.
b)No estar incapacitado.
c)Certificado de capacidad física y aptitud psicológica.
d)Poseer seguro de responsabilidad civil para daños a terceros, por un importe de 120.000 euros.
e)No haber sido condenado por delito de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación de banda armada o narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
2-Animales sujetos a la obtención de licencia
Con carácter general, se consideran perros potencialmente peligrosos, aquellos que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula, incluidos dentro de una tipología racial, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas. La calificación de la raza y características de cada perro corresponderá a los especialistas veterinarios, dado que la identificación de estos animales resulta obligatoria sin excepciones.
Con carácter específico, puede consultarse orientativamente el elenco de razas consideradas como potencialmente peligrosas en el Anexo II del Decreto 145/2000, de 26 de septiembre, del Consell, en el apartado relativo a legislación.
3-Recomendaciones
Nuestra Ordenanza establece determinadas prohibiciones relacionadas con la tenencia de este tipo de perros, por lo que en este apartado se relacionan una serie de recomendaciones a tener en cuenta por los propietarios así como por las personas autorizadas por ellos para portarlos:
- Los menores de edad no pueden portarlos en espacios públicos.
-Una persona no podrá portar más de dos perros potencialmente peligrosos a la vez.
-La persona que conduzca y controle a estos animales en lugares o espacios públicos deberá llevar consigo la licencia administrativa, así como la certificación de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.
-Siempre deberán portar bozal cuando se encuentren en lugares públicos.
-Siempre deberán conducirse atados con correa inferior a 2 metros de longitud.
4-Documentación
-Instancia de solicitud de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
-Copia DNI, NIE o pasaporte del solicitante.
-Original del Certificado Test Psicotécnico.
-Copia de póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a ciento veinte mil euros (120.000€).
-Consentimiento para la consulta de antecedentes penales del solicitante de la licencia.
-Declaración jurada de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves de las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de animales potencialmente peligrosos.
-En el supuesto de que la licencia sea solicitada como portador, deberá además aportar la autorización del propietario.
-Pago de la tasa establecida.
5-Tasas
Licencia (titular) y renovación de licencia: 50€
Otra licencia (portadores) sobre el mismo perro y renovación: 35€
Otra licencia para un segundo perro potencialmente peligroso: 35€