Línea 1. Ayudas Vivienda Habitual.
1.A Daños graves en viviendas. Hasta 7.000€.
1.B Daños moderados en viviendas. Hasta 5.000€.
1.C Daños leves en viviendas. Hasta 3.000€.
Línea 2. Vehículos necesarios para el trabajo.
2.A Vehículos distintos de motocicletas. Hasta 2.000€.
2.B Motocicletas. Hasta 800€.
Línea 3. Pérdida fuente de ingresos.
3.A Personas físicas que hayan perdido su empleo como consecuencia de la DANA y no tengan derecho a prestación o subsidio de desempleo. Hasta 2.000€.
3.B Personas físicas titulares de actividades económicas desarrolladas en establecimientos situados en planta baja. Únicamente se podrá solicitar una ayuda para una misma actividad económica. Hasta 2.000€.
- Las LINEAS 1, 2 y 3 son compatibles entre sí, esto es, los daños en vivienda son compatibles con los daños en vehículo y con la pérdida de ingresos.
- Una misma persona física podrá resultar beneficiaria de diferentes tipologías de ayudas, siempre que, en su conjunto, no supere los 10.000 euros.
- Plazo de solicitud: 1 mes desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.

Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para la Ayuda para personas afectadas por la DANA fondos de la Fundación Amancio Ortega, hasta el día 17 de enero de 2025.
