Regla Primera.-
Sin perjuicio de las variaciones de horario que puedan tener lugar con ocasión de la celebración de distintas fiestas locales, o actos y celebraciones puntuales; las cuales deberán de ser expresamente autorizadas por la Alcaldía o concejal Delegado, se establece el siguiente horario de apertura y cierre de las instalaciones:
Horario verano: de mayo a septiembre.
De lunes a jueves de 7:00 a 0:00 horas.
Viernes de 7:00 horas a 1:00 horas,
Sábados y vísperas de festivos 11:00a 1:00 horas
Domingos de 11:00a 0:00 horas
Horario invierno: Restos de meses.
De lunes a jueves de 7:00 a 21:00 horas
Viernes: 7:00 a 0:00 horas
Sábados y vísperas de festivos 11:00 a 0:00 horas
Domingos de 11:00a 21:00 horas
La apertura y cierre del recinto se efectuara por el vigilante municipal y en su caso por la Policía Local
Regla Segunda.- Se arbitrarán las peticiones de reserva (mesas, paelleros o ambos) a través de la OAC mediante la presentación de la instancia correspondiente acompañada de copia del documento nacional de identidad, con hasta 2 días de antelación a la fecha deseada, sólo para los vecinos con residencia efectiva en Alaquàs, para las reservas de viernes y vísperas de festivos, (cenas), sábados (comidas y cenas) y domingos/festivos (comidas).
Solo se admitirán reservas con 7 días de anticipación. Los espacios no reservados anticipadamente se adjudicarán por el vigilante municipal en función de la disponibilidad y orden de petición tras llegada.
Regla Tercera.- Será preciso que el firmante de la reserva ostente la condición de empadronado en Alaquàs y que a su vez y con la correspondiente acreditación será el autorizado para ocupar el espacio público (mesas o paelleros). A su vez el/la persona autorizado asume la responsabilidad de velar por la observancia de las normas aquí reguladas.
Regla Cuarta.- El teléfono de información será el de la OAC (961519400), que a su vez, se coordinara con el vigilante municipal cada viernes, para facilitar listado de autorizaciones.
Regla Quinta.- Las mesas y paelleros asignados deberán de dejarse libres a las 17:00 horas, en el caso de comidas y puedan asignarse al turno de cenas. Todas las mesas y paelleros quedarán recogidos y fuera de uso coincidiendo con el horario de cierre del Parque.
Regla Sexta.- Normas de utilización de instalación:
- Las personas que vayan a utilizar los paelleros deberán llevar la leña o carbón.
- Deberán limpiar el paellero y recoger la basura que generen, debiendo depositar los restos en los contenedores dispuestos en la instalación; eliminado los restos de leña o carbón que pudieren quedar, vigilando no dejar rescoldos o brasas encendidas
- Deberán colaborar con el cuidado del mobiliario y las instalaciones, manteniéndolas en buen estado para que puedan ser utilizadas.
- Deberán de depositar los residuos, papeles y basuras, en las papeleras y contenedores habilitados al efecto
- Queda prohibida la música alta y los ruidos estridentes que pueden molestar al resto de usuarios y vecinos.
- Deberán no dañar los árboles y demás plantas ornamentales
- Las mascotas no podrán acceder al recinto de picnic.
- Deberán respetar las normas básicas de convivencia y de orden público.
- La persona responsable de la instalación está facultada para amonestar verbalmente a quienes no cumplan estas normas de uso, pudiendo requerir en caso de dificultad la intervención de la policía local.
- Queda prohibida la colocación de toldos, sombrillas y similares, sujetos a árboles, o farolas, o demás mobiliario urbano, o dificultando el paso por pasillos o zonas comunes de la instalación.
- No puede realizarse fuego fuera de los paelleros.
- Deberá de desalojar de inmediato y al primer requerimiento el recinto, una vez finalizado el horario de apertura.
Regla Séptima.- Establecer fecha de efectos a partir del día 14 de mayo de 2010, dado que permanecerá cerrado durante unos días para realizar operaciones de mantenimiento y tareas de adecentamiento.
Alaquàs, abril 2010